En merito de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur con sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Declarar su incompetencia, para conocer, sustanciar y decidir el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo de Efectos Particulares, ejercido por la abogada MAGDA BERROTERAN VELOZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.434.257 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 130.581, en su carácter de apoderado judicial del Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (IDENA); contra la Providencia Administrativa Nº 00102-09, de fecha 20 de Abril de 2.009, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Distrito Alto Apure, del Estado Apure, que declaró Con Lugar la solicitud de reenganche y pagos de salarios caídos a favor de la ciu.....