Por las razones precedentemente expuestas Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Se NIEGA, LA MEDIDA HUMANITARIA, por cuanto no consta ningún tipo de evaluación médica practicada al penado JUAN FRANCISCO RUIZ, titular de la Cedula de Identidad Nº V-14.948.001, que demuestre que padece de una enfermedad grave o en fase terminal, previo diagnóstico de un especialista, debidamente certificado por el médico forense. SEGUNDO: Se ordena el traslado del penado al Hospital Dr. Pablo Acosta Ortíz, al área de emergencias, a los fines de que le sea realizada evaluación médica, de conformidad con lo establecido en el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cua.....