Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA, acuerda: : Primero: Notificar al Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Practicar cómputo de pena conforme lo establece el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, en el que se determine el tiempo cumplido y que falta por cumplir, tomándose en consideración el tiempo que ha estado detenido el penado durante el proceso, de conformidad con el artículo 484 ejusdem. Tercero: Se acuerda fijar Audiencia de Imposición del Auto de Ejecución de la Pena y del Cómputo, para el día Jueves 20 de enero de 2011, a las 10:30 horas de la mañana, a los fines de la imposición personal al penado VICTOR MANUEL DIAZ JIMENEZ, Líbrese la respectiva Boleta de Traslado. Cuarto: Se ordena oficiar a la Centro de Coordinación Policial, de esta localidad a fin de que traslade al pen.....