este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, a favor la Ciudadana: MELIDA AUDELINA ALFONZO ESPINOZA , titular de la Cédula de Identidad Nº. V-13.805.425, domiciliada en el Samàn, Parroquia Mucuritas Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre unas bienhechurias que se determinan en la solicitud y mediante el Justificativo de testigos evacuados por ante este Tribunal, Cuyas bienhechurias se encuentran construidas sobre una parcela de terreno de propiedad del Municipio Achaguas-Estado Apure, presentando Constancia de Tramitación de Fecha 20-12-2010, expedida por la Sindicatura Municipal, en un lote de terreno constante de VEINTITRES METROS C.....