DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, y conforme a lo previsto en el artículo 446 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA:
PRIMERO: Se tiene como examinada el auto de fecha 18-1-2014, mediante el cual se fijo la audiencia preliminar para el día 19-1-2015, y como consecuencia de ello se modifica el la fecha para la celebración de la audiencia preliminar (La cual ya fue modificada el 16-1-2015), reaperturando con ello el lapso establecido en el artículo 311 del texto adjetivo penal en lo que respecta a la ABG. FIORANGELA NATHALIE BRUNO ALVAREZ, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano JOSE ALEXANDER HERRERA HENAO; y considerando que ya igualmente en fecha 16-1-2015 se acordó lo mismo, pero a favor de los defensores del ciudadano HERALD ALEXANDER CRESPO LIRA, fijándo.....