UNICO: Se ADMITE el Recurso de Apelación de autos ejercido por la profesional del derecho VILMA VIELMA DE TAPIA, en su carácter de Defensor Público Segundo (e) seguida al penado CRUZ MARÍA RODRIGUEZ, contra del auto de fecha 28-01-2008, dictada con ocasión a la Solicitud de la REVOCATORIA del Destacamento de Trabajo que como Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena le fue concedido en fecha 18-06-2007, al ciudadano CRUZ MARÍA RODÍGUEZ por la comisión del Delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y signada en esta Superior Instancia bajo el Nº 1Aa-1529 seguida al ciudadano CRUZ MARÍA RODÍGUEZ, en virtud de ser ésta impugnable y recurrible, conforme a los artículos 432 y 447 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal.