Por todo lo antes expuesto, ME INHIBO de conocer la presente causa signada 2M-204-04, seguida del ciudadano ROBERTO CARLOS PEÑA HERRERA, RAIMUNDO MAXIMILIANO AGUILAR ORELLANA Y FREDDY JOSE VANDERELA Titulares de las Cédulas de Identidad personal N° 12.204.466, 10.050.773 y 10.557.284; por la presunta comisión del delito de CAZA ILICITA EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMA MATURALES Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO; previstos y sancionados en el articulo 59 primer párrafo de la Ley Penal del Ambiente y 470 del Código Penal en concordancia con los artículos 42 y 91 de la Ley de Protección a la Fauna Silvestre; todo ello de conformidad con el numeral 7° del Artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase la presente Inhibición con copia de lo conducente hasta la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial; así como el atado documental que comprende la causa original hasta el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure; todo ello a .....