DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar el recurso de apelación de fecha 18 de noviembre de 2015, interpuesto por el abogado Juan Rafael Aguirre Herrera, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante de autos, contra del auto de fecha 06 de noviembre de 2015, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se Revoca el auto apelado y las actuaciones procesales desde la audiencia preliminar, fijación de los hechos y lapso probatorio, asimismo, se ordena al a quo dictar despacho saneador, a fin de que la parte demandante-apelante subsane las omisiones en el libelo de la demanda en relació.....