Por todo lo anteriormente expuesto, este tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Apure. Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declarar la EXTINCION DE LA ACCIÖN PENAL POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA, a favor del penado: YOSNER ENRIQUE ABREU MONTOYA, titular de la cedula de identidad Nº V-21.005.471, en virtud, de haber cumplido la totalidad de la condena impuesta.
Notifíquese al Penado, al Fiscal del Ministerio Público, a la Defensa Pública. Ofíciese al Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Lara informando de la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL.