Con fundamento a las consideraciones que anteceden, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DESALOJO DE INMUEBLE, incoada por las ciudadanas PETRA GUILLERMINA TEJADA SEIJAS y ELLEN MILAGRO RONDON TEJADA venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°s. 3.348.988 y 15.046.614 respectivamente, con domicilio en la Avenida Casa de Zinc de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, representadas por los Abogados PEDRO MANUEL SOLORZANO MIRABAL y PEDRO OMAR SOLORZANO REYES, inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s. 7.647 y 79.641, con domicilio procesal en la Calle Arévalo González, Edificio "Giulio Gaggia", Segundo Piso, Oficina N°. 06, de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, contra el ciudadano FENG ZUO LANG, de nacionalidad China, mayor de edad, titu.....