SEGUNDO: En aplicación del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos CONDENA a los ciudadanos: JOSE ALEXANDER PIÑERO APARICIO, titular de la Cédula de Identidad Nro.18.545.217, RIGARD RINI GONZALEZ RODRIGUEZ titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.544.196 Y RAFAEL RAMON AÑEZ SILVA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.256.142, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito MANEJO ILÍCITO DE SUSTANCIAS TOXICAS O PELIGROSAS, previsto y sancionado en el artículo 82 numeral 1 de la Ley Sobre Sustancias, Materiales y Desechos peligrosos, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, ordenando mantener la medida cautelar que goza el imputado, conforme a lo previsto en el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, hasta la ejecución de la pena ante el Tribunal de Ejecución a quien corresponda el conocimiento de la causa, cuya pena deberá cumplir en el establecimiento penitenciario o modalidad que aplique el Trib.....