En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1.- Competente para conocer, en primer grado de jurisdicción, la presente causa;
2.- Admite el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conjuntamente con solicitud de Medida Cautelar interpuesto por el ciudadano Eduardo Enrique Briceño Mujica, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 16.270.379, debidamente asistido por el abogado Edgar Adolfo Hernández Lara, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 11.235.610, Inscrito en Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el N° 159.048, contra la Providencia Administrativa emanada de la Gobernación del Estado Apure (Comandancia General de la Policía) dictada en fecha 10 de Septiembre DEL 2018, en el expediente Nº.....