En merito de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el presente COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por la ciudadana MARIA ELIZABETH FUENTES BRITO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.323.435, en contra de la CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO APURE.-
SEGUNDO: SE ORDENA a la CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO APURE, la cancelación de PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES CONTRACTUALES, a la ciudadana MARIA ELIZABETH FUENTES BRITO, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.323.435, por la cantidad de CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON VEINTIUN CENTIMOS (Bs. F 56.296,21) discriminados en los siguientes conceptos:
1- ) BONO COMPENSATORIO- RÉGIMEN ANTERIOR,.....