DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Formalmente constituido el Tribunal que ha de juzgar el presente asunto de manera unipersonal, en la causa seguida contra el acusado causa N° 2M-556-10, seguida en contra del acusado IRME ARAEL DIAZ AVILA, titular de la cedula de identidad V-18.727.600, por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionados en el artículo 277 del Código Penal Vigente, todo de conformidad con el Artículo 164 tercer aparte de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se fija la celebración del Juicio Oral y Público para el día VEINTINUEVE (29) DE JUNIO DE 2011 A LAS 9:00 AM; para lo cual habrá de librarse las boletas de notificación respectivas a los expertos y testigos que deban comparecer .....