D I S P O S I T I V A
Por todos los argumentos antes explanados, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA POR PERDIDA DEL INTERÉS DEL ACTOR por el Ciudadano IVAN JOSUE OJEDA RAMOS, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V-21.317.099 asistido en este acto por el Abogado CHERRY ARMANDO LAYA, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V-12.902.679, e inscrito en el Inpreabogado bajo los Nro 201.241, en su carácter de Defensor Público Agrario del Estado Apure, Y ASÍ SE DECIDE.-
SEGUNDO: NOTIFÍQUESE a la parte solicitante Ciudadano IVAN JOSUE OJEDA RAMOS, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V-21.317.099 con Domicilio en el fundo "LA IVANERA" ubicado en el Sector Payara arriba, Parroquia San Juan de Payara, Municip.....