este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda Primero: Admite la acusación presentada por la Fiscal Undécimo del Ministerio Público, en contra de los ciudadanos JOSÉ ALI VEROES NIEVES Y PEDRO RAFAEL RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 18.017.792 y 16.511.072, respectivamente; por la comisión del delito de CAZA ILICITA DE EJEMPLAR DE LA FAUNA SILVESTRE, previsto y sancionado en el articulo 59 de la Ley Penal del Ambiente, en concordancia con los artículos 8 y 83 de la Ley de Protección de la Fauna Silvestre; en perjuicio del ciudadano ELDYS ORLANDO MENDEZ RAMIREZ, así como todos los medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Publico, por ser legales, útiles y pertinentes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Vista la admisión de los hechos por parte de los acusados, se decreta .....