PRIMERO: Se declara Con Lugar la pretensión interpuesta el 5-4-2016 por el Abg. JUAN CARLOS GOITIA GOMEZ, contra la decisión dictada el 17-3-2016 por la Juez Primera del Tribunal de Primera Instancia Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Abg. MAYRA CAROLINA QUEVEDO GUERRA, mediante la cual decretó el sobreseimiento de la acción penal a favor de la ciudadana EULIMAR KARINA DURAN APONTE, de conformidad con el numeral 1 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se anula en todas sus partes, de conformidad con los artículos 174, 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal, la sentencia señalada en el punto anterior, y se ordena que un Juez distinto a la Abg. MAYRA CAROLINA QUEVEDO GUERRA, resuelva la solicitud de sobreseimiento interpuesta por la Fiscal Municipal 1ª del Ministerio Público de conformidad con lo previsto en el artículo 425 eiusdem por incurrir en el vicio de inmotivación.