Este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a favor de el penado: RICARDO ELIAS PEREZ, titular de la cedula de identidad N° 4.997.814, residenciado en el Fundo las Mercedes de la Parroquia San Antonio del Municipio Arismendi del Estado Barinas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo: 493, 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal y somete al penado a cumplir con el Régimen de Prueba por un lapso de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES, contados a partir de la presente fecha, pena ésta que se cumplirá el día 19 de Enero de 2.008, debiendo someterse a las condiciones siguientes:
1.- No verse involucrado en hechos similares
2.- No ingerir bebidas alcohólicas ni permanecer en lugares donde se expendan durante el Régimen de Prueba
3.- Evitar compañía.....