este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción de PENSION ALIMENTARIA incoada por la ciudadana GREGORIA DE JESUS RIVERO, madre y representante legal de los menores JESUS MANUEL y CARLIS MANUELIS BEROY RIVERO.
SEGUNDO: SE FIJA CON CARÁCTER DEFINITIVO, en la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs, 100.000,oo) MENSUALES, la Pensión de Alimentos que el ciudadano CARLOS MANUEL BEROY debe cumplir a favor de los menores JESUS MANUEL y CARLIS MANUELIS BEROY RIVERO, a partir del mes de JULIO del 2.006, más el 50% de gastos de medicinas cuando lo requieran, el doble de la pensión fijada en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año, para cubrir gastos escolares y navideños. Sumas éstas que deberán ser depositadas en la Cuenta de Ahorro que a tal efecto aperturarà la .....