IV.- DISPOSITIVO.
Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL UNIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: CONDENA al ciudadano JONNY RAFAEL GARRIDO RAMIREZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.569.049, natural de Guasdualito, estado Apure, nacido en fecha 26-03-1973, de 37 años de edad, de ocupación Profesor, residenciado en el Barrio Fe y Alegría, calle 05 con carrera 20, casa s/n, al cruzar el Pool, Guasdualito, estado Apure, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRATO CRUEL O MALTRATO A NIÑO, previsto y sancionado en el artículo 254 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio del niño (Se obvia de conformidad con lo establecido en el artículo 545 del la.....