este Tribunal Primero del Municipio Achaguas, de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA dicho ofrecimiento en los términos expuestos por las partes, de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, fija en tal cantidad la Pensión de Alimentos que el accionado ÁNGEL ANTONIO PÉREZ ORASMA, debe cumplir a partir del mes de Noviembre del año en curso.
EL JUEZ PRIMERO TEMP.
Dr. WILMER J. PÉREZ C.
La Secretaria,
Zenaida Rincones de Villamizar.
Exp. N° 02-313 (Menores).
Dr. WJPC/Lic. FDEM.
19-10-05.-