ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ESTE JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Declara: "CON LUGAR" SOLICITUD DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN Y OFRECIMIENTO DE BONO NAVIDEÑO a favor del niño (Identidad Omitida De Conformidad Con lo Dispuesto en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente), hijo de los ciudadanos ROBERT MARCELO RUIZ VARGAS Y ESTEFANIA CAROLAY RUMBOS PATERNINA, en consecuencia el obligado deberá cumplir de la siguiente manera:
PRIMERO: Deberá cancelar el demandado, ciudadano ROBERT MARCELO RUIZ VARGAS, a favor de su hijo; la cantidad de MIL OCHOCIENTOS TREINTA BOLIVARES (1.830,00 BS), por concepto incumplimiento de obligación de manutención mediante descuento directo de su nómina de pago, de los respectivos aguinaldos del año que discurre 2.011. Y ASÍ SE DECLARA.
SEGUNDO: Queda establecida la cantidad adic.....