En consecuencia, por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, en esta misma fecha 19-10-12, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a las previsiones del artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA: PRIMERO: ABSUELTO al ciudadano KENNEDY DEL CARMEN MORENO, venezolano, mayor de edad, natural de esta ciudad, mayor de edad, nacido en fecha 19-08-83, titular de la cédula de identidad Nº 19.325.578, residenciado en el Barrio Libertador, 4ta Transversal, casa Nº 308, cerca del Centro de Diagnostico Integral, Biruaca Municipio Biruaca estado Apure, al no existir medios de pruebas en su contra que lo señalen como responsable en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE COAUTOR, previsto y sancionado en el articulo 405 y concatenado con el articulo 83 ambos del Código Penal vigentes para la fecha de la ocurrenc.....