ACUERDA: diferir la ejecución de la sentencia hasta tanto se le realice al penado el informe PSICOSOCIAL, por el organismo competente del Ministerio del Interior y Justicia, para lo cual se remitirá copia certificada de la sentencia firme y ejecución de la misma a la Coordinación Zonal, a fin de que se le realice el referido informe. Librase la correspondiente boleta de Notificación.- A los fines de imponerlo del presente cómputo. Notifíquese a las partes a los fines de ley consiguientes.
La Juez,
Dra. Wilmer Aranguren Tovar.