De las consideraciones expuestas con vista a los fundamentos de hecho y de derecho este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin lugar la apelación intentada por el ciudadano Nelson José Mendoza Gudiño, en fecha veintidós (22) de diciembre del 2003; SEGUNDO: Se confirma el fallo proferido por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo, Estabilidad Laboral y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha diecinueve (19) de diciembre de 2003, que declaró perención de la instancia; TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.