En base a los razonamientos precedentes, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO APURE, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: Con lugar la solicitud fiscal y en consecuencia se decreta el sobreseimiento provisional, de la causa signada bajo el N° 1CA-361-03, seguida contra la Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Por los delitos, ROBO AGRAVADO, ROBO DE VEHICULO AUTOMOR, LESIONES PERSONALES Y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD. Previstos y sancionados en los artículos 460, 415 y 175 del Código Penal Venezolano y en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2,3 y 5 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos. Ello de conformidad con el artículo 561 literal ¿E¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y de.....