Vista la comparecencia de esta misma fecha, mediante el cual la ciudadana BRIZUELA DIANA CAROLINA, titular de la cédula de identidad N° V-17.936.301 quien en su carácter de parte demandante y madre de la niña (Identidad Omitida) de tres (03) años de edad, manifiesta desistir del procedimiento de obligación de manutención que cursa por ante este despacho, en virtud de haberse reestablecido las relaciones familiares con el obligado, aportar este voluntariamente los gastos que sufragan las necesidades de su hija y hacerse responsable de su cuidado mientras su madre viaja con ocasión de su trabajo. Igualmente, visto que en fecha 15/12/2009, la parte demandada manifestó sus deseos de desistir del procedimiento por las razones antes expuestas (F. 15), en consecuencia; dado que el referido desistimiento no es contrario al orden publico, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley y; por cuanto es obligación del Estado garantizar la estabilidad y relaciones familiares .....