HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio planteado entre los ciudadanos SILVIA DEL VALLE SOLORZANO y JESUS MARIA ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.513.460 y V-9.105.166, padre y madre de la niña (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de conformidad con los Artículos 315, 366, 369 y 375, ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en los términos expuestos, quedando modificado únicamente en cuanto al aumento automático del 20% anualmente. Igualmente se ordena aperturar cuenta de ahorros en el Banco BANFOANDES, a favor de los niños sujeto a la presente causa.