En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1.- Competente para conocer, en primer grado de jurisdicción, la presente causa;
2.- Admite el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad de Acto Administrativo de Efectos Particulares Conjuntamente con solicitud de Amparo Cautelar, interpuesto por el ciudadano DOMINGO DE LA CRUZ GONZALEZ VAGEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula Nº 2.473.375, en su carácter de Presidente y Representante legal de la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA GOBECA C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el Nº 02, Tomo 16-A de fecha 28 de julio de 1999, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSE RAUL ORTEGA MOLINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 206.856, cont.....