Biruaca, 20 de Marzo del 2018
207º y 159º
Vista el anterior justificativo de testigo evacuado por ante este Despacho, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN", a favor de la ciudadana: NELIS LEICESTER MEDINA VALOR venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-8.150.257, las bienhechurías que se determinan en la solicitud, están construidas en terrenos de propiedad municipal, según se evidencia de Autorización otorgada por la Abg. MARÍA CAROLINA HERRERA LÓPEZ, en su carácter de Sindica Procuradora de la Alcaldía del Municipio San Fernando del Estado Apure con una superficie de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO METROS con TRES CENTIMETROS (154,03Mts2), ubicado en calle DIANA,S/N,en la parroquia SAN FERNANDO.....