DECISIÓN.
En Atención a las consideraciones precedentes, este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA PRESENTE ACCIÓN DE AUMENTO DE PENSIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana: EDITH GAONA DE SOLÓRZANO, madre y representante legal de la Adolescente: LINARES GAONA CARMEN JULIA, asistida de la Abogada en Ejercicio: CARMEN ZAPATA, Inpreabogado N° 57.234, en su condición de Defensora Pública Séptima para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Apure, en contra del ciudadano: LINARES DENNYS ERVIN.
SEGUNDO: SE FIJA CON CARÁCTER DEFINITIVO EN LA SUMA DE CIENTO TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 130.000,oo) mensuales, la Pensión de Alimentos, que el ciudadano: LINARES DANNYS ERVIN, debe cumplir a favor de la Adolescente: LINARES GAONA CARMEN .....