DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, el Tribunal de Primera Instancia en funciones Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: LA EXTINCIÓN DE LA PENA que cumplía el penado EDWIN YAIR POLANCO ULACIO, Venezolano, Soltero, mayor de edad, obrero, natural de esta ciudad, titular de la cédula de identidad N°: 25.288.486, condenado en su oportunidad por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de Nueve (09) años y Seis (06) meses y Seis (06) días de presidio, por la comisión del delito de HOMICIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405, del Código Penal Venezolano Vigente; todo ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad. Cúmplase.-
LA JUEZ SEGU.....