Así mismo el tribunal, considera pertinente citar a la trabajadora social MARÍA HERNÁNDEZ y a la psicóloga GLENNYS GONZÁLEZ, ambas adscritas al equipo interdisciplinario de estos tribunales, con la finalidad de debatir el informe integral que se encuentra a los folios 328 al 338, todo de conformidad con el articulo 341 y 342 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Acto seguido la defensa solicita copia simple de los folios 418, 419 y 422 y del informe integral, es decir, del folio 328 al 338. Es todo. Acto seguido la ciudadana jueza acuerda lo solicitado. Se acuerda de conformidad con el artículo 340 del Código Orgánico Procesal Penal, la conducción por la fuerza pública de los funcionarios Teniente Navarro Ramón y al Funcionaria Naudys Abad, así se decide, y como quiera que se hace necesario la declaración de las partes actoras faltantes se acuerda: se suspende el presente acto para darle continuidad el día lunes 27 de mayo de 2013 a las 2:00 PM. Cítese al medico jefe del área de.....