PRIMERO: SIN LUGAR el presente Recurso de Hecho, contra la Sentencia Interlocutoria de Fecha 26 de Abril del 2024, donde el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección, de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con Sede en San Fernando de Apure, negó forzosamente el Recurso de Apelación, interpuesto por el Abogado JOSE GREGORIO ESCOBAR CALZADILLA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 96.946, en condición de Apoderado Judicial de la ciudadana MARIA OSCARINA CAVANERIO SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V° 19.688.452, tramitándose tal Recurso, de conformidad con lo establecido en el Artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, concatenado con la fundamentación de nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus Artículos Nros. 26, 49 y 257, asimismo con lo establecido en los artículos 11 y 149 del Código de Procedimi.....