Por todo lo antes expuesto el Tribunal considera con lugar lo solicitado por la Fiscal del Ministerio Público y el defensor del ciudadano acusado y en consecuencia acuerda el diferimiento de la continuación del Juicio Oral y Público en la presente causa para el día jueves 30 de junio del presente año, a las 10:00 horas de la mañana, en esta misma sala de Juicio, todo ello de conformidad a las previsiones del articulo 335 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal y Articulo 336 en su encabezamiento Ejusdem. Se dan por notificadas a las partes de lo acordado por el Tribunal y se entiende suficientemente convocado para la oportunidad de que habrá de continuarse el Juicio Oral y Público. Librese la boleta de notificación a los ausentes. Ofíciese. Cúmplase.
EL JUEZ PRESIDENTE,
DR. DAVID OSWALDO BOCANEY