DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara Extinguida la Acción ante esta Instancia en la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, interpuesta por la ciudadana NOVIS ONNORIA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 11.756.257 y de este domicilio, en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO APURE. Así se decide.