Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley se declara: INCOMPETENTE para conocer sobre la presente, interpuesta por el ciudadano ROLAND JOSE MIRABAL ALVARADO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 8.199.129, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Nabor Jesús Lanz Calderón, mediante la cual solicita la Nulidad Absoluta del Acto Administrativo de fecha 19 de Diciembre de 2.007 dictado por el Director General de Recursos Humanos, del Ministerio del Poder Popular para la Economía Comunal, en consecuencia se declina la competencia a la Corte Primera de Contencioso Administrativa.