Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
ACUERDA: LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al ciudadano: ABNER ELEQUIN MONTOYA VELIZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.219.798, por la comisión del delito de: CAZA ILICITA, previsto y sancionados en el artículo 59, parágrafo Único de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del Estado Venezolano, por el lapso de un (01) año, con las siguientes condiciones:
1° Presentaciones cada SESENTA (60) DÍAS ante el Área de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Apure.
2º Enviar una comunicación al Concejo Comunal Monte de Sión a los fines de enviarlo a hacer un Trabajo comunitario, bien sea la limpieza de una Escuela, del Canal y/o pintar puertas, ventanas, etc, la cual deberá realiz.....