PRIMERO: Sin Lugar la apelación de fecha 08 de febrero de 2006, interpuesta por la abogada FATIMA LOPEZ COELLO, apoderado del ciudadano JOEL ENRIQUE GARCIA FARFAN, parte demandada, contra el auto de fecha 26 de enero del 2006, dictado por el Tribunal de la causa.
SEGUNDO: Confirmada el auto de fecha 26 de enero de 2006, dictada por el Tribunal A-quo, por la cual decretó con carácter provisorio la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00) por concepto de Obligación Alimentaria a favor de los Hnos. GARCIA MAGALLANES YOLMI NAZARETH y JOEL ENRIQUE, en el juicio de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana MARIA MIROSLAVA MAGALLANES contra JOEL ENRIQUE GARCIA, y fijó la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 350.000,00), como aporte extra en el mes de septiembre para cubrir inicio de actividades escolares y en el mes de diciembre la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00) por concepto de Bonificación Especial de fin de año. Y a su vez p.....