DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON LUGAR, la solicitud interpuesta por el Defensor Publico Dr. Jackson Chompré Lamuño, en oportunidad de diferirse la celebración de la Audiencia Especial por Admisión de los Hechos en la causa signada 1M-449-09, según nomenclatura de este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, actuando en su condición de Defensor del ciudadano: Martín Geovanni Ceballos Nuñez, venezolano, mayor de edad, de estado civil Soltero, titular de la cedula de identidad personal Nº 20.232.326, residenciado en el Barrio Santa Ana, calle Principal, calle el Mango después de la bodega de Jesús, casa S/N, San Fernando Estado Apure y actualmente recluido, en calidad de procesado, en su vivienda de habitación designada como local Ad Hoc; a quie.....