Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1º) CON LUGAR la Demanda de NULIDAD DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO que intentó la ciudadana MILAGROS JOSEFINA RAMOS SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 12.584.291, con domicilio procesal en la Calle Boyacá, N°. 4 de esta ciudad de San Fernando de Apure, debidamente representada por la Abogada CARMEN MOTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 53.021, contra los ciudadanos LUIS HERNAN CORRALES LABRA y JUDITH VICTORIA REATEGUI AREVALO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°s. 12.064.833 y 19.999.850 respectivamente, residenciados, el primero en la Urbanización Lomas del Este, Calle 4, Casa N°. 7 (Sede del Club de Video) parroquia El Recreo, Municipio San Fernando del Est.....