Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer la demanda Partición y Liquidación de Comunidad Conyugal, ejercido por el ciudadano: Jorge José Villamizar Merchán, titular de la cédula de identidad Nº. 15.046.043, debidamente asistido por la abogada Mary Graterol Petti, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 120.388, contra la ciudadana Iris Jackeline Silva Medina, titular de la cédula de identidad Nº. 15.680.465, quedando así planteado en el presente caso un conflicto negativo de competencia, y de conformidad con lo previsto en los artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional solicita la regulación de competencia ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia,.....