PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR la MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROLIMENTARIA A LA PRODUCCIÓN AGRARIA Y AL MEDIO AMBIENTE, en el predio denominado predio denominado "LOS CAPUCHINOS", ubicado en el sector El Zancudo, parroquia Apurito, municipio Achaguas del Estado Apure, cuyos linderos específicos son los siguientes: Norte: Predio La Yeguera; Sur: Hasto San Pablo; Este: Terrenos Ocupados por Colectivo Vallecito con predio Campo Alegre y Oeste: Hato San Pablo, constante de una superficie de trescientas cincuenta hectáreas con cinco mil trescientos tres metros cuadrados (350 has con 5.303 M2.), solicitud hecha por la ciudadana FRANNY ALIDA MARTÍNEZ NIEVES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N°V-13.937.285, representada por su apoderada judicial Abg. ANA GREGORIA PÉREZ ZAMORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.199.289, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 137.615, de conformidad con los artículos 152 y 196 de la Ley de Tierras y Desar.....