Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCION LA INSTANCIA en el presente juicio de Interdicto de Despojo incoada por los ciudadanos JOSE FRANCISCO RATTIA CORONA y RICARDO A, BRAVO Z en contra de JUANA GARCIA JULIO, FRAY JOSÉ POLANCO, VICTOR COLMENARES, JUAN BARTOLO PARRA, HORTENSIO ARTAHONA, RICHARD CORRALES, DUARTE IRISA SILVESTRE, JOSÉ BUSTAMANTE, EDGAR RAMÍREZ Y GONZALO PATRICIO, y así se decide. Notifíquese de la presente decisión a la parte demandante, en virtud que la parte demandada no había sido notificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal siendo las 11:00 a.m. del día de hoy, Veinte (20) de Diciembre de Dos mil Seis (2006). 196° de la Independencia .....