el Régimen Abierto. Así se decide.
TERCERO: Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley OTORGA LA MEDIDA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE REGIMEN ABIERTO, al penado NOET VENJAMIN MÁRQUEZ ZAMBRANO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 21.626.001, quien fue condenado por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio de Luis Albino Espinoza; y el delito de ROBO, tipificado en el artículo 455 del Código Penal, cometido en perjuicio de Rafael David Escalona y Nelson Alexis González; de conformidad con el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 272.....