En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Demanda de ACCION MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO CONCUBINARIO, intentada por la ciudadana ONELIA MARGARITA CORRALES BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 9.872.818.-