DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la Solicitud de Atraso de Obligación alimentaria incoada por la ciudadana: DELIA ANGELICA LUGO, venezolana, Mayor de Edad, titular de la cédula de identidad No.- 11.235.618, representante legal y madre de la niña xxxx.
SEGUNDO: Se Decreta Aumento de la Obligación Alimentaria, y se fija de carácter definitivo de Obligación Alimentaria la cantidad de Setecientos Bolívares (700,oo) mensuales, a partir de que quede definitivamente firme la presente sentencia, se fija como el Bono Escolar del mes de Septiembre para gastos de útiles escolares la cantidad de Mil Bolívares ( 1.000,oo) y el Bono Decembrino por la cantidad Dos Mil B.....