ACUERDA: PRIMERO: Admitir TOTALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Público con las modificaciones introducidas en este acto, ORDENÁNDOSE EL ENJUICIAMIENTO DEL CIUDADANO, (SE OMITE IDENTIFICACION. ART. 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-17.169.282, fecha de nacimiento: 11-09-1982, lugar de nacimiento: El Nula, Estado Apure, residenciado en: Barrio Páez, casa s/n, vía al Cementerio Municipal, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en perjuicio de la niña, (Se omite identificación. Art. 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), hecho presuntamente ocurrido el día 07 de julio del año 2000, en la residencia de la ciudadana María Belén Palentino de Ruiz, ubicada en el Barrio Páez, Casa s/n, vía al Cementerio Municipal de El Nula, Estado Apure. Se.....