este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL POR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y DEL PLAZO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del acusado DOMINGO ELIAS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.133.481, nacido en fecha 05-09-1.965, obrero, soltero, domiciliado en la Carretera Nacional vía El Amparo, casa S/N, Barrio El Matadero, Guasdualito, Estado Apure. En consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO de conformidad con el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, de la causa a favor del acusado por el delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley sobre Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de Carmen Colmenares. Se declara la extinción de la acción penal el cese de las medidas cautelares impuestas al acusado. Una vez quede definitivamente firme la.....