Por lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Se ADMITE la Acusación presentada por la Fiscalía Décimo Cuarta del Ministerio Público de Guasdualito, en contra del imputado LUÍS ALFONSO RUA MONTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 24.824.540, de estado civil soltero, natural de Valencia, Córdoba, República de Colombia, donde nació en fecha 26-11-19632, residenciado en el sector La Monumental, sector 2 con carrera 13, casa Nº 8, El cantón, estado Barinas. Teléfono 0426-9294429, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana BELQUIS MILENA QUINTERO DE RUA. SEGUNDO: .....